sábado, 10 de febrero de 2018

Diferencias entre pedofilia y pederastia


La pedofilia se refiere a la atracción sexual por menores y la pederastia al abuso sexual infantil.



El abuso sexual infantil es un delito severo que tiene graves efectos en el desarrollo psicológico de los menores. La mayoría de la gente emplea indistintamente los términos “pedófilo” y “pederasta” para referirse a quienes realizan este tipo de actos, considerándolos sinónimos.
Sin embargo, aunque profundamente vinculados ambos conceptos no se refieren exactamente a lo mismo. Es por ello que en este artículo se propone distinguir y hacer ver las diferencias entre pedofilia y pederastia.

Definiendo la pedofilia

La pedofilia o paidofilia es una parafilia, es decir, un trastorno de la inclinación sexual que se caracteriza por la presencia fantasías recurrentes y productoras de un elevado nivel de excitación sexual en el que el objeto de deseo es un objeto, personas o entes no consintientes o una situación de humillación y sufrimiento propio y ajeno. La experimentación de dichas fantasías puede conllevar su realización y/o sentimientos de intenso malestar para quien las padece.
En el caso concreto de la pedofilia, el objeto de deseo o lo que provoca la atracción sexual son niños o niñas prepúberes. Concretamente se puede considerar una cronofilia, debido a que hay una gran diferencia entre la edad del sujeto y la del objeto de deseo. Para su diagnóstico es necesario que el sujeto sea mayor de dieciséis años de edad y que la víctima u objeto de deseo sea al menos cinco años menor.
Por norma general el pedófilo buscará el contacto con su objeto de deseo, recurriendo con frecuencia a imágenes pornográficas y autoestimulándose en base a sus fantasías, pero no tiene por qué intentar mantener relaciones sexuales.

¿A qué llamamos pederastia?

En lo que respecta a los pederastas, son considerados como tales aquellos individuos en que las fantasías propias del pedófilo han sido llevados a la realidad. Es decir, la pederastia es el cometimiento de un abuso sexual a menores.
Dentro de este abuso entra toda aquella conducta en que el menor es usado como objeto sexual por un individuo con el que existe una relación de desigualdad en lo referente a edad, poder o madurez.
Se trata de una práctica delictiva penada por ley que puede provocar repercusiones graves en el desarrollo psicosocial y sexual presente y/o futuro del menor atacado. Aun si la relación sexual es consentida por el menor, si éste se sitúa por debajo de la edad de consentimiento sexual el acto en sí será considerado abuso, catalogándose como violación. No se tiene en cuenta como tal la vinculación sexual consentida entre sujetos al final de la adolescencia con individuos de como mínimo trece años.

Referencias bibliográficas:

  • American Psychiatric Association. (2013). Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales. Quinta edición. DSM-V. Masson, Barcelona.
  • Echeburúa, E. y Guerricaechevarría, C. (2005). Abuso sexual en la infancia: víctimas y agresores. Un enfoque clínico. 2ª edición. Ariel, Barcelona.

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